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Informe de Dominio

Denuncia de venta del automotor: para qué sirve, cómo se hace y qué ve el comprador

Por Redacción de Informe de Dominio Publicada el 9 min de lectura

La denuncia de venta es el aviso que el titular le da al Registro Seccional de que ya entregó el auto a un comprador que todavía no inscribió la transferencia. Desde esa fecha, el vendedor deja de responder civilmente por los daños que se causen con el auto y deja de ser el obligado a pagar patente, impuestos y multas. Se hace en línea o en el Registro, cuesta 4 MRPA para autos y queda anotada en el informe de dominio, a la vista de cualquier comprador.

Qué es la denuncia de venta

En la normativa se llama comunicación de tradición del automotor ("tradición" es la entrega de la cosa). Su base es el artículo 27 del Régimen Jurídico del Automotor, y el procedimiento está en el Digesto de Normas Técnico-Registrales de la DNRPA, Título II, capítulo IV.

La hace el titular registral, o sea quien vende, ante el Registro donde está radicado el auto, y según el Digesto la puede presentar "sea cual fuere el tiempo transcurrido" desde la entrega.

Lo que no hace es transferir el auto: seguís figurando como titular hasta que el comprador inscriba la transferencia. Por eso, según la ficha oficial del trámite, si comprador y vendedor hacen juntos la transferencia en el Registro, la denuncia no hace falta.

Para qué te sirve si vendiste el auto

Mientras la transferencia no se inscriba, la ley te sigue tratando como dueño. La denuncia cambia tres cosas:

Sin denuncia de venta Con denuncia de venta
Daños causados con el auto Respondés como dueño El comprador y quienes reciban el auto de él son terceros por los que no respondés
Patente, impuestos y multas Siguen a tu cargo Pasan al comprador desde la fecha de la denuncia
Circulación del comprador Con tu autorización Si no transfiere a tiempo, prohibición de circular y secuestro

Responsabilidad civil. Según el artículo 27, hasta que se inscriba la transferencia respondés por los daños que se produzcan con el auto "en su carácter de dueño de la cosa". Pero si comunicaste la entrega antes del hecho, el comprador y quienes recibieron el auto de él son terceros por los que no respondés, y se entiende que el auto se usó en contra de tu voluntad. Un hecho anterior a la denuncia no queda cubierto: hacela el mismo día de la entrega.

Patente, impuestos y multas. El último párrafo del artículo 27, en la redacción del DNU 70/2023, sustituye al sujeto obligado al tributo "(patente, impuestos, multas, etcétera) desde la fecha de la denuncia" y desliga al vendedor de toda responsabilidad legal sobre el auto.

El Registro avisa a los organismos que cobran la patente, las multas de tránsito y otros impuestos del auto: según el Digesto, antes del día 5 de cada mes manda las denuncias del mes anterior, salvo que un convenio prevea otra forma. Si igual te llegan boletas, tu constancia es la prueba; cómo consultar la patente lo explicamos en deudas de patente por provincia.

Qué datos necesitás

Según el Digesto y la ficha oficial, la denuncia tiene que incluir:

  • La patente, tu nombre, tu documento y un email vigente.
  • Nombre, apellido, tipo y número de documento del comprador. Si es una empresa, su denominación, tipo societario y CUIT.
  • El domicilio del comprador o, si no lo sabés, la leyenda "Domicilio del adquirente: desconocido".
  • Lugar y fecha de la entrega, aunque sea aproximada.
  • La constancia de la venta, si tenés una, en original y copia.

Si actuás como apoderado, tenés que acreditarlo y tener facultades suficientes (mirá la guía del poder para vender un auto).

Cómo se hace: en línea o en el Registro

En línea En el Registro
Para quién Persona humana, único titular, que paga desde una cuenta propia Más de un titular, personas jurídicas o quien no pagó en línea
Solicitud TP, sin tu firma: va el número de VEP 11 o TP, con tu firma
Constancia Por email, firmada y con código de validación Copia sellada de la solicitud
Plazo según la ficha 48 horas sin observaciones 48 horas sin observaciones

En línea. Se puede hacer completamente por internet desde mayo de 2018:

  1. Entrá al sistema de trámites del Registro Automotor y elegí "Denuncia de Venta".
  2. Completá la precarga; si tenés el email del comprador, cargalo.
  3. Pagá el volante electrónico de pago (VEP), generado con tu CUIT o CUIL, desde una cuenta bancaria a tu nombre: el sistema controla que quien paga sea el titular.
  4. Recibí la constancia por email, con firma electrónica del encargado del Registro y un código de validación.

Si el CUIT del pago no es el tuyo, el pedido se carga igual, pero tenés que ir con turno al Registro a certificar la firma y retirarlo.

En el Registro. Hacés la precarga, sacás turno y vas con tu documento. Pagás, firmás y, el día que te indiquen, retirás la copia sellada de la solicitud, que es tu comprobante. En condominio, hasta dos titulares pueden firmar la misma solicitud.

Ojo: la denuncia hecha en línea no sirve para que el comprador inscriba después la transferencia sin tu firma en el 08, por la vía de la denuncia de compra y posesión (Digesto, capítulo IV, art. 26). La presencial sí puede usarse con ese fin.

Cuánto cuesta

Desde el 1 de septiembre de 2026, la Resolución 412/2026 ubica la denuncia de venta en la misma categoría que el informe de dominio, con la certificación de firma incluida. Estos son los valores de las tablas de aranceles de la DNRPA:

Trámite Autos Motos
Denuncia de venta 4 MRPA 3 MRPA
Aviso de que recuperaste el auto denunciado (incluye cédula) 13 MRPA 7 MRPA
Rehabilitación para circular, si se dictó la prohibición 3 MRPA 2 MRPA

La rehabilitación suma un arancel por cada año o fracción desde el vencimiento del primer año, hasta tres más. Como el MRPA vale media UVA y se actualiza cada cuatro meses, el importe en pesos lo ves al generar el pago. La ficha oficial menciona además otros conceptos, como una solicitud de informe de deuda por multas.

Qué pasa después: los plazos del comprador

El artículo 15 del Régimen obliga al comprador a pedir la inscripción dentro de los 10 días de la venta. Con la denuncia hecha, el Digesto los cuenta como hábiles y marca este recorrido:

  1. Vencen los 10 días hábiles desde la entrega sin que el comprador pida la transferencia.
  2. El Registro lo notifica, si denunciaste su domicilio: le avisa que se pidió la prohibición de circular y el secuestro.
  3. Pasan 30 días hábiles desde esa notificación.
  4. El Registro dispone la prohibición de circular y el secuestro y manda las órdenes a la Dirección Nacional, que avisa a las policías y fuerzas de seguridad. A vos te llega un email automático.

Con "domicilio desconocido" no hay notificación: los 30 días hábiles corren desde que vencen los 10 posteriores a la venta o, si hiciste la denuncia cuando ese plazo ya había vencido, desde que la presentaste.

Dictada la prohibición, no se levanta, ni se emiten cédulas, hasta que el comprador inscribe el auto a su nombre y paga la rehabilitación; si hubo secuestro, también la estadía. Con varios titulares, solo se dicta si denunciaron todos o si los demás dan su conformidad.

Si el auto vuelve a tus manos

La denuncia no vence: según la ficha oficial, solo pierde vigencia si recuperás el auto. En ese caso, el artículo 27 te prohíbe usarlo sin avisar antes al Registro. El aviso lleva una declaración jurada, por escritura pública o ante el Registro, sobre por qué y cuándo lo recuperaste, y deja sin efecto la prohibición de circular y el secuestro si ya se habían dictado.

Cómo aparece en el informe de dominio

El informe de dominio tiene los mismos datos que el certificado de dominio, y el Digesto (capítulo VII, art. 2) incluye entre ellos la existencia de denuncia de venta o de compra, con la fecha de su anotación, y la prohibición de circular del artículo 27, con la fecha en que se decretó.

Qué muestra el informe Qué significa
Sin denuncias ("no posee") No había ninguna anotada al emitirse el informe
Denuncia de venta, sin prohibición de circular El titular avisó que entregó el auto, pero sigue figurando como dueño
Denuncia de venta con prohibición de circular Venció el plazo sin transferencia y hay orden de secuestro
Denuncia de compra Alguien declaró ante el Registro que compró el auto y no tiene el 08

Si vendiste, pedí un informe de dominio unos días después de la denuncia: te confirma que quedó anotada y con qué fecha.

Qué significa si vas a comprar

Una denuncia de venta no es un embargo ni una prenda, y no impide transferir. Lo que te dice es que el titular ya entregó el auto a alguien que no inscribió la transferencia. Si quien te lo ofrece no es el titular, lo más probable es que sea ese comprador o alguien que se lo compró a él.

Lo que tenés que lograr es que la transferencia quede inscripta a tu nombre. El Digesto permite inscribirla aunque la denuncia nombre a otro comprador, si tenés la documentación necesaria, empezando por el 08 firmado por el titular, y no hay denuncia de robo o hurto (capítulo IV, art. 9).

Mientras tanto, quien tiene el auto no puede sacar un duplicado de la cédula verde: lo pide solo el titular, y el Registro no lo emite si hay una denuncia de venta sin transferencia inscripta.

Antes de señar un auto con denuncia de venta:

  1. Pedí el informe de dominio y mirá el titular, la fecha de la denuncia y si hay prohibición de circular.
  2. Preguntá cómo llegó el auto a quien lo vende y pedí ver el boleto o la constancia de la denuncia.
  3. Acordá que el titular registral firme el 08 a tu nombre.
  4. Si hay prohibición de circular, no uses el auto hasta que se inscriba la transferencia y se pague la rehabilitación.
  5. Revisá patente y multas: desde la denuncia, el obligado es el comprador que no transfirió.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio hacer la denuncia de venta?

No. El Digesto de la DNRPA dice que el vendedor «podrá» comunicar la entrega, y si comprador y vendedor hacen juntos la transferencia en el Registro, no hace falta. Pero si entregás el auto antes de que se inscriba la transferencia, es la forma de dejar de responder por los daños y de dejar de ser el obligado a pagar patente y multas.

¿Cuánto cuesta la denuncia de venta en 2026?

Desde el 1 de septiembre de 2026, el arancel es de 4 MRPA para autos y 3 MRPA para motos, con la certificación de firma incluida (Resolución 412/2026 del Ministerio de Justicia). El MRPA vale media UVA y se actualiza cada cuatro meses, por eso el importe en pesos lo ves al generar el pago.

¿Puedo hacer la denuncia de venta sin el domicilio del comprador?

Sí. Se consigna la leyenda «Domicilio del adquirente: desconocido». En ese caso el Registro no notifica al comprador, y los 30 días hábiles para disponer la prohibición de circular y el secuestro corren desde que vencen los 10 días hábiles posteriores a la venta, o desde la denuncia si la hiciste cuando ese plazo ya había vencido.

¿La denuncia de venta me cubre por un choque anterior?

No. Según el artículo 27 del Régimen Jurídico del Automotor, la denuncia te libera de responder solo si la hiciste antes del hecho que genera la responsabilidad. Por un hecho anterior seguís respondiendo como dueño, por eso conviene hacerla el mismo día de la entrega.

¿Cómo sé si un auto tiene denuncia de venta?

Con el informe de dominio: muestra si hay denuncia de venta o de compra, con la fecha en que se anotó, y si se dictó la prohibición de circular. Cualquier persona lo puede pedir con la patente.

¿Qué pasa si el comprador me devuelve el auto?

Tenés que avisarlo al Registro antes de usarlo, con una declaración jurada que explique por qué y cuándo lo recuperaste. Si ya se habían dictado la prohibición de circular y el secuestro, se dejan sin efecto. Ese trámite cuesta 13 MRPA para autos y 7 MRPA para motos, con la cédula incluida.

Fuentes oficiales

Redacción de Informe de Dominio

Equipo de gestoría de informes de dominio

Somos el equipo que gestiona los informes de dominio que piden nuestros clientes. Escribimos estas guías a partir de las consultas que recibimos todos los días y de la normativa y los sitios oficiales de la DNRPA y de los organismos provinciales, que citamos en cada artículo.

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